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Facilidades de Pago para el Sector Turístico: Nuevo Reglamento del IESS en Tiempos de Pandemia

Actualizado: 19 dic 2023

En respuesta a los desafíos económicos derivados de la pandemia del COVID-19, el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ha promulgado un nuevo reglamento que busca ofrecer facilidades de pago a los contribuyentes del sector turístico. Esta medida se enmarca en el compromiso constitucional de garantizar el derecho a la seguridad social, siendo una respuesta concreta a la difícil situación que han enfrentado los empleadores y contratantes del seguro durante los años 2020 y 2021.


Reglamento IESS turismo


Contexto Legal y Fundamentación:


La decisión del Consejo Directivo se apoya en el marco legal de la Constitución de la República del Ecuador, que establece la seguridad social como un derecho irrenunciable y un deber primordial del Estado. Además, se consideran los artículos 225 y 368, que definen las competencias del sector público y el sistema de seguridad social, respectivamente.

En respuesta a los desafíos económicos, el IESS establece un horizonte de recuperación para el sector turístico mediante facilidades de pago excepcionales, brindando un marco propicio para edificar una trayectoria sólida y sostenible.

"Facilidades de Pago: Apoyo Turístico y Recuperación"


Objetivo del Reglamento:


El reglamento tiene como propósito aplicar la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19. Esta disposición busca otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del sector turístico inscritos en el Registro Nacional de Turismo y con la Licencia Única Anual de Funcionamiento al día. Las facilidades abarcan hasta un máximo de 48 meses, eximiendo de cuotas iniciales y condonando intereses, multas y recargos, siempre que se cumplan puntualmente con los pagos establecidos.


Procedimiento y Requisitos:


Los empleadores que cumplan con los requisitos establecidos podrán presentar solicitudes dirigidas al IESS, buscando acceder a las facilidades de pago para las obligaciones pendientes entre enero de 2020 y diciembre de 2021. El plazo máximo para estas facilidades será de 48 meses, y el incumplimiento de pagos se regirá por las disposiciones del Código Tributario.


Disposiciones Relevantes:


Entre las disposiciones relevantes, se destaca el artículo 3, que detalla las condiciones para los empleadores respecto a las facilidades de pago. Se establece que la cancelación de los dividendos de la facilidad de pago se hará conjuntamente con la planilla de aportes de cada mes y se prevén mecanismos para el pago en días no laborables.


Documentos Necesarios:


La solicitud deberá ir acompañada de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo y la Licencia Única Anual de Funcionamiento otorgada por el Gobierno Autónomo Descentralizado, ambos documentos deben estar al día.


Disposiciones Generales y Transitorias:


La resolución dispone la ejecución a la Dirección General y la Dirección Nacional de Recaudación y Gestión de Cartera, quienes emitirán las directrices necesarias para su cumplimiento. Se establecen responsabilidades a nivel provincial y se considera la difusión y socialización de la resolución.


Vigencia y Implementación:


La resolución entra en vigencia desde su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Se establecen disposiciones transitorias para la remisión de requerimientos funcionales y ajustes tecnológicos necesarios para la aplicación efectiva del reglamento.


En conclusión, este nuevo reglamento del IESS refleja el compromiso del Estado ecuatoriano en proporcionar apoyo a un sector estratégico como el turístico, brindando herramientas concretas para la recuperación económica y la mitigación de los impactos derivados de la pandemia.





Nota: Este artículo de SAC no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.


C.D. 645 IESS Sector Turistico Facilidades Pago
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